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BOE-A-1889-4763 Real Decreto de 24 de julio de 1889 por el que se . . . La consolidación consiste en integrar en un solo texto, sin valor oficial, las modificaciones, correcciones y derogaciones de carácter expreso que una norma ha tenido desde su origen, con el objetivo de facilitar el acceso al Derecho vigente Para fines jurídicos, debe consultarse la publicación oficial Ayuda
Código Civil - Noticias Jurídicas Artículo 398 Para la administración y mejor disfrute de la cosa común serán obligatorios los acuerdos de la mayoría de los partícipes No habrá mayoría sino cuando el acuerdo esté tomado por los partícipes que representen la mayor cantidad de los intereses que constituyan el objeto de la comunidad
Articulo 398 Código civil - Iberley Para la administración y mejor disfrute de la cosa común serán obligatorios los acuerdos de la mayoría de los partícipes No habrá mayoría sino cuando el acuerdo esté tomado por los partícipes que representen la mayor cantidad de los intereses que constituyan el objeto de la comunidad
Contribuir a los gastos de conservación de la cosa común Los gastos útiles y suntuarios que quieran llevarse a cabo en la cosa común se someten al régimen de acuerdos previsto en el artículo 398 del Código Civil: «Para la administración y mejor disfrute de la cosa común serán obligatorios los acuerdos de la mayoría de los partícipes
Artículo 398 del Código Civil - Código Civil España Para la administración y mejor disfrute de la cosa común serán obligatorios los acuerdos de la mayoría de los partícipes No habrá mayoría sino cuando el acuerdo esté tomado por los partícipes que representen la mayor cantidad de los intereses que constituyan el objeto de la comunidad
articulo 398 codigo civil - vLex ARTÍCULO 398 Para la administración y mejor disfrute de la cosa común serán obligatorios los acuerdos de la mayoría de los partícipes No habrá mayoría sino cuando el acuerdo esté tomado por los partícipes que representen la mayor cantidad de los intereses que constituyan el objeto de la comunidad
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