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- Ley 7182 1984 | Argentina. gob. ar
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- CODIGO DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO - SAIJ
Corresponde la jurisdicción contencioso-administrativa a las causas que se promuevan por parte legítima, impugnando los actos administrativos de los Poderes Legislativo, Ejecutivo o Judicial del Estado Provincial, del Tribunal de Cuentas de la Provincia; de las entidades descentralizadas autárquicas, de las Municipalidades y de cualquier otro ór
- Código de Procedimiento Contencioso Administrativo (Código de . . .
Código de Procedimiento Contencioso Administrativo Código de Procedimiento Contencioso Administrativo Ley 7 182 27 de Noviembre de 1984 de la Provincia de Córdoba
- Texto actualizado | Argentina. gob. ar
Corresponde la jurisdicción contencioso-administrativa a las causas que se promuevan por parte legítima, impugnando los actos administrativos de los Poderes Legislativo, Ejecutivo o Judicial del Estado Provincial, del Tribunal de Cuentas de la Provincia; de las entidades descentralizadas autárquicas, de las Municipalidades y de cualquier otro ór
- LEY 7182
Artículo 1º - El ejercicio de la profesión de bioquímico se regirá en todo el ámbito de la Provincia, por las disposiciones de la presente Ley
- InfoLeg - Información Legislativa
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- Ley 7182 - Buenos Aires Province
Ley 7182 regula la jurisdicción contencioso-administrativa en Buenos Aires, abordando procesos judiciales y administrativos en la provincia
- Ley 7182 Procedimiento Contencioso Administrativo Cordoba
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